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Aprobada la ampliación
de la central térmica
de ciclo combinado de Castejón
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El
Gobierno de Navarra ha aprobado el pasado mes de enero el Proyecto
Sectorial de Incidencia Supramunicipal (PSIS) de la ampliación de la
central térmica de ciclo combinado de Castejón que realizó Eléctrica de
la Ribera del Ebro SA (Hidrocantábrico) en el año 2005.
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Para
ello, se construirá un nuevo grupo, además del ya existente, en ciclo
combinado para producir energía eléctrica a partir de la combustión de
gas natural, de 400 megavatios de potencia nominal eléctrica, según ha
señalado el Ejecutivo foral en un comunicado.
El proyecto, para el cual no se han presentado alegaciones durante el
tiempo de información pública, cuenta con la declaración de impacto
ambiental favorable. Con esta medida se legaliza la situación de la
citada ampliación, para la que recibió la autorización en 2005 y que
fue anulada por dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia
de Navarra.
Ambas sentencias están recurridas ante el Tribunal Supremo por el
Ejecutivo foral, lo que ha permitido que la térmica siga funcionando
hasta que se resuelvan los citados recursos. La ampliación es de 400
megavatios de potencia nominal eléctrica y, a diferencia de la primera
central, también de 400 MW, está diseñada para utilizar gasóleo como
combustible auxiliar en caso de emergencia.
En enero de 2008 el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN)
anuló el permiso del Gobierno foral (la Autorización Ambiental
Integrada) para ampliar la central. La sentencia se basó en que la
instalación se encuentra a menos de 500 metros del casco urbano, cuando
la legislación marca un mínimo de 2.000 metros. En concreto, apuntó que
entonces todavía era aplicable en Navarra el Reglamento de Actividades
Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP) de 1961.
Ante esta sentencia, el Gobierno foral presentó un recurso ante al
Supremo para el que se basó en que la Ley Foral de Intervención para la
Protección Ambiental de 2005, que si permitiría que la central esté en
su ubicación actual, es competente por encima RAMINP de 1961. Un
reglamento que, según apuntó el Ejecutivo, "está derogado expresamente"
por la Ley de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera de 2007.
En julio de ese mismo año otra sentencia del TSJN anuló la aprobación
por parte del Ejecutivo del PSIS de este proyecto de ampliación
alegando las mismas razones que la primera sentencia. El Gobierno foral
volvió a recurrirla ante el Supremo e instó a Hidrocantábrico a
reiniciar los trámites administrativos para aprobar de nuevo el PSIS y
la autorización ambiental de la ampliación de la central térmica
basándose en la ley de 2005.
Contenidos Febrero 2011

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NOTICIAS
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RENOVETEC presenta 3 nuevos programas formativos on line dirigidos a
profesionales de centrales termosolares.
RENOVETEC ha presentado tres nuevos programas formativos on line dirigidos a
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